FAQs empresarios y comercios

El llamado Pasaporte Covid es un documento aprobado por el Parlamento de la Unión Europea para “facilitar” los viajes entre países.

Cosas básicas que debes saber sobre el Pasaporte Covid:

  • Está pensado como medida temporal hasta que la Comisión Europea dé por finalizada oficialmente la declaración de pandemia.
  • El Reglamento deja abierta la posibilidad a otros usos siempre que no se discrimine a los ciudadanos. 1
  • Han sido publicadas en el DOCG (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya) 2 por la Generalitat diversas RESOLUCIONES. Una resolución es una norma con rango inferior al de una ley, por lo tanto NO es una ley.

¡Importante! Consultar siempre con un abogado especializado y no fiarse de ningún medio de comunicación que sólo reproducen notas de prensa.

¿Qué dice exactamente el DOGC?

“L’accés als locals (…) es condiciona a la presentació d’un certificat (…) Sales i gimnasos on es practica activitat física i/o esportiva, Locals i establiments de restauració, Locals i establiments amb llicència o que hagin presentat la comunicació prèvia com a discoteques, sales de ball, sales de festes amb espectacle, bars musicals, karaokes, discoteques de joventut, establiments d’activitats musicals de règim especial i establiments públics amb reservats annexos”;Resolución SLT/ 3652/ 2021 de 7 de diciembre

Significa que:

  • Se “condiciona”, es decir NO SE PROHIBE.
  • La licencia de actividad es la que determina la actividad del establecimiento. En la resolución actual se incluyen bares, restaurantes y gimnasios, por lo cualquier local que no lo sea no puede pedir el pasaporte. Quedan por el momento excluidos negocios como cafeterías, panaderías, tiendas de ropa o centros de yoga.

¡Importante!: Si tienes dudas o quieres emprender un proceso legal, consulta siempre con un abogado especializado y no te fíes de las informaciones reproducidas por medios de comunicación, ni de los bulos que circulan online.

¿Qué hacer ante la resolución de pedir el Pasaporte Covid?

Información importante

  • Evita enfrentamientos, entrar en provocaciones e intenta hablar educadamente con tus clientes, te lo agradecerán.
  • Los clientes ejercen sus derechos y no te quieren perjudicar. Si empatizas con él, es más probable que él lo haga contigo.
  • No puedes prohibir el acceso a tu local, ya que podrías estar incurriendo en un delito de discriminación (art. 510 Código Penal). Por norma general, este artículo castiga este tipo de delitos con pena de prisión de 1 a 4 años y multas de 6 a 12 meses.
  • No tienes ni las competencias ni la cobertura legal para ejercer funciones propias de un policía. Al pedir el Pasaporte estarás siendo cómplice de un absurdo, por el que puedes acabar teniendo responsabilidades penales de las que las autoridades no se harán cargo.
  • No pidas el DNI 3 para contrastarlo con el Pasaporte Covid porque en ningún lugar está indicado que puedas escanear ningún documento y mucho menos solicitar identificación, ni tampoco datos médicos 4.

¡Recuerda! No estás haciendo nada malo. Lo único que pides es que se cumpla la Constitución y los Derechos Humanos. Por más que te digan que esto es una cuestión sanitaria, es realmente un tema de Derechos y Libertades. En Units per la Veritat estamos comprometidos con esta causa y lucharemos por defender tus derechos.

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